El alquiler de viviendas en España para uso turístico es competencia de cada comunidad autónoma. En Andalucía está regulado desde el 12 de mayo del 2016, con el primer decreto de uso turístico.
Es legal siempre y cuando la vivienda vacacional esté situada en suelo residencial, tenga licencia de ocupación o equivalente y cumpla una serie de requisitos que dice la ley.
El decreto en sí del que hablamos es el decreto 28/2016 del 2 de febrero de viviendas turísticas de Andalucía ( pincha aquí para verlo).
Este decreto ha sido modificado por el nuevo decreto 31/2024 de 29 de enero. ( Pincha aquí para ver nuevo decreto turístico de Andalucía).
Este decreto permite a los ayuntamientos poner sus propias normas y requisitos.
Lo más significativo de los nuevos requisitos u ordenanzas del ayuntamiento de Málaga es que para obtener nuevas licencias, el apartamento deberá tener entrada independiente al resto del edificio, entre otras cosas.
Para alquilar su vivienda para uso turístico, ésta tiene que cumplir una serie de requisitos que nosotros le ayudamos y asesoramos totalmente gratis si contrata con nosotros ya que es obligatorio y habría que inscribirla en el registro de turismo. El trámite es sencillo y se puede hacer por internet pero el mayor problema que nos hemos encontrado es que muchas de las viviendas no tienen licencia de ocupación, trámite que nosotros le ayudamos a resolver .

¿Qué pasa si alquilo mi vivienda y no la registro en turismo?
Pues el primer problema es que para poner anuncios, las distintas páginas web están obligando a poner el número de registro de la propiedad y el segundo problema es que si alquilas la vivienda sin estar legalizada para ello se enfrenta a multas de hasta 150.000 euros, por lo que no vale la pena correr ese riesgo.
Nosotros sólo trabajamos con viviendas legalizadas y le asesoramos en lo necesario para legalizarla.

GUÍA PARA REGISTRAR VIVIENDAS TURÍSTICAS EN ANDALUCÍA
Para registrar una vivienda vacacional o turística , tenemos que acceder a la página de la Junta de Andalucía a través del siguiente enlace. ( Pincha aquí para acceder a la aplicación de la Junta de Andaluçía).
Aquí tenemos 2 opciones:
1 Trámite con certificado digital, es lo mas cómodo puesto que desde casa podemos realizar el trámite.
2 Trámite sin certificado digital, si no tenemos certificado digital entramos desde esta opción y una vez rellenado el formulario lo tenemos que entregar en el edificio de servicios múltiples de Málaga en avenida de la aurora 47, más conocido como el edificio negro.

Si lo hacemos sin certificado digital pincharemos en realizar un trámite sin certificado digital y a continuación introducimos nuestro DNI.
Después nos aparecerán los trámites disponibles pinchamos en registro de turismo y a continuación, declaración responsable para el acceso o ejercicio de la actividad.

A continuación pinchamos en inicio de trámite y empezamos a rellenar el formulario

Después guardaremos el formulario, imprimiremos 2 copias, las firmamos y lo presentaremos en la Junta de Andalucía, como hemos dicho antes en Málaga está situado en el "edificio negro".
Una vez que hayamos presentado la declaración responsable, nos asignan un número de registro turístico provisional y ya podemos poner anuncios en las distintas páginas web.
El número definitivo nos lo enviarán por correo aproximadamente un mes después y en cualquier momento nos pueden hacer una inspección para poder comprobar que cumplimos con todos los requisitos que exige el decreto 28/2016 del 2 de febrero de viviendas turísticas de Andalucía.